¡El misterio del festivo desaparecido ha sido resuelto!

Calendario

 

¿Alguna vez has sentido que el calendario hace que trabajes más?

Sí, hablamos de ese momento en el que ves que un festivo nacional cae justo en tu día libre semanal y piensas: «¡Genial, he perdido un festivo!». Pues bien, el Tribunal Supremo acaba con esto.

Aquí te explicamos, qué ha pasado con el caso de la famosa tienda de ropa, Zara y cómo te afecta.

¿Cuándo puedo pedir mi «festivo extra”?¿Requisitos? 

No es para todo el mundo (lo sentimos por los que libran siempre en domingo, ¡vosotros ya tenéis vuestro truco del lunes), puedes pedirlo si cumples estos tres puntos:

    1. Trabajas de lunes a domingo. Tu empresa abre todos los días.

    1. Tu descanso es fijo: Tienes un día de la semana asignado para librar (por ejemplo, todos los martes).

    1. Ese día que te toca librar por contrato, cae un festivo nacional, regional o local.

Si se alinean estos requisitos, el Supremo dice que tienes derecho a un día de descanso compensatorio para que no pierdas ni uno de los 14 festivos anuales que nos promete la ley.

¿Qué empresas tienen que aplicarlo ahora mismo? 

La sentencia se ha dictado específicamente para Zara España S.A.. Pero (y este es un «pero» muy importante), al ser una decisión del Tribunal Supremo, esto crea un precedente gigante.

Básicamente, el Supremo ha dicho: «Todos los trabajadores deben disfrutar de sus 14 festivos, coincidan o no con su libranza». Así que, aunque tu empresa no se llame Zara, si estás en la misma situación, esta sentencia es tu mejor amiga para reclamar lo que te corresponde.

¿Cómo solicito mi día? 

No hace falta que vayas con una pancarta a la puerta de la oficina.
Lo ideal es:

    1. Mira tu calendario: Identifica esos días donde tu libranza y el festivo han chocado.

    1. Pide tu descanso: Habla con Recursos Humanos o tu responsable. No pides dinero (la sentencia habla de tiempo de descanso), pides disfrutar de ese día en otra fecha.

    1. Sin miedo a las horas: La empresa no puede decirte que «te faltan horas anuales» por cogerte ese día; el derecho al descanso es independiente de la jornada anual que marque tu convenio.

En resumen: los festivos son para celebrarlos, no para que se «evaporen» porque coincidieron con tu martes de descanso.

Si tu contrato dice que libras siempre el mismo día, entre lunes y viernes, saca la agenda y marca estos días:

Jueves, 2 de abril: (Jueves Santo). 

Viernes, 3 de abril: (Viernes Santo). 

Viernes, 1 de mayo: (Día del Trabajo). 

Lunes, 12 de octubre: (Fiesta Nacional). 

Lunes, 2 de noviembre: (Como el 1 cae en domingo, se pasa al lunes en muchas comunidades). ¡Ojo aquí! 

Lunes, 7 de diciembre: (Como el 6 cae en domingo, se pasa al lunes). 

Martes, 8 de diciembre: (Inmaculada). 

Viernes, 25 de diciembre: (Navidad). Cerramos el año con un posible día extra para los del viernes.

La clave de la sentencia es que nadie debería tener menos días de descanso que el otro solo por trabajar en domingo. El Tribunal Supremo ha dejado claro que los 14 festivos anuales son “sagrados» (un derecho mínimo) y no pueden «desaparecer» o solaparse porque coincidan con tu día libre. Así que, si trabajas en una empresa donde se aplica el Convenio Colectivo del Textil (o cualquier otra que ahora tenga que actualizarse tras este precedente), y tu descanso de los jueves coincide con el Jueves Santo, 2 de abril, tienes derecho a pedir otro día de descanso para compensar.

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